¿Pende la paz de un falso positivo algorítmico?
Foto: YouTube
El más flaco servicio que se le podría presentar al proceso de paz en medio de las negociaciones en La Habana sobre el entendimiento y los mecanismos e instrumentos de Justicia a implementar, serían las imputaciones a los integrantes de la Comandancia guerrillera de las FARC-EP como máximos responsables por la presunta comisión de crímenes de guerra y de crímenes de lesa humanidad, que ha anunciado la Fiscalía General de Nación. El propio ex fiscal de la Corte Penal Internacional Luis Moreno Ocampo afirmó en su reciente visita a Colombia “ que sería dañino para el proceso de paz que se formulen pliegos de cargos a los cabecillas de las Farc”.
Aunque hay quienes podrían afirmar que se trata simplemente de atender el mandato constitucional de perseguir e investigar las conductas delictivas y que la imputación no implica la deriva de los hechos investigados hacia cosa juzgada, pues tendría que producirse previamente el vencimiento en juicio, la realidad es que tales imputaciones llevarían el debate de Justicia al restringido ámbito del derecho penal, sometiéndolo a la controversia y la confrontación propia del procedimiento penal, así se aduzca la conformación de tribunales especiales para tales propósitos, inspirados en la justicia transicional, o mejor, en la comprensión de tal justicia por parte de la Fiscalía.
Más allá de apreciaciones de expertos que citando a la propia Corte Penal Internacional señalan lo innecesario de presentar cargos por parte de la Fiscalía por presuntos delitos internacionales o que la presentación de cargos por presuntos crímenes de lesa humanidad no es exigida por la legislación colombiana ni por la CPI, lo que está es discusión es si ese es el mejor camino para construir un acuerdo de justicia que al tiempo satisface a las víctimas del conflicto, representa una salida ponderada para quienes han decidido rebelarse contra el orden social vigente y el Estado.
La reiterada pretensión de llevar la Comandancia guerrillera a juicio y buscar su condena con el argumento de que esa es la forma de impartir justicia frente a las víctimas y de darle al proceso la seguridad jurídica que él requiere para impedir la intervención de tribunales internacionales como la CPI, no parece ser el camino para construir la
paz estable y duradera que demanda la sociedad colombiana.
El complejo balance entre paz y justicia a construir no puede sustentarse en la derrota y el sometimiento político y moral de los rebeldes, más aún cuando éstos no han sido vencidos en el campo militar; tampoco puede desconocer los derechos de las víctimas del conflicto. Ahí está precisamente la complejidad y la dificultad para encontrar una salida a la cuestión de la justicia. Atendiendo a ello, la Mesa de diálogos de La Habana emprendió un camino genuino: la construcción de “un Sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición que se ha de acordar en la Mesa para satisfacer los derechos de las víctimas, terminar el conflicto y alcanzar la paz”, así como la integración de la “Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no repetición”, como parte del tal sistema, según reza en el Informe conjunto presentado por las Partes el 4 de junio del año en curso.
Ese camino emprendido indica que los diseños constitucionales y legales actuales no posibilitan una salida política bien sea porque tienen como sustento una idea de sometimiento, o por las limitaciones legales que se le impusieron a la rebelión y al delito político dentro de las estrategias de contrainsurgencia por parte del Estado. Así es que lo se deberá esperar más bien es un nuevo marco normativo constitucional y legal, que dé cuenta del carácter excepcional, extraordinario y transitorio que debe tener un orden de justicia emanado de un eventual Acuerdo final; lo que algunos han denominado un sistema de justicia especial para la paz.
El anuncio de construir un “Sistema integral” indica que una solución a la cuestión de la justicia sólo es comprensible desde un concepto de integralidad, esto es, de interrelaciones entre verdad, justicia, reparación y no repetición y, en ese sentido, de superación de entendimientos de justicia que se restringen al derecho, o peor aún, al derecho penal vigente. No es casual que el debate público se hayan mostrado los límites de la justicia retributiva, aquella basada en el castigo y la pena, para en lugar de ello promover conceptos filosófico-políticos de justicia que inscritos dentro de la rica tradición de las teorías de la justicia proponen la noción de justicia restaurativa, transformadora y prospectiva, más acordes con la efectiva materialización estructural de los derechos de las víctimas del conflicto y en mayor sintonía con las aspiraciones de paz con justicia social de la población colombiana.
Por ello, el anuncio de imputaciones de la Fiscalía representa un paso atrás y equivale de facto a ponerle una mula muerta al camino de paz, utilizando la expresión campesina. Si esa es una acción coordinada con el Gobierno [1] y representa una de las cartas del póker gubernamental de la negociación, tendría que afirmarse que se pretende jugar en el borde del abismo. Desde la perspectiva de las clases dominantes es cuando menos obvio que la solución de justicia implique condena y pena, así ésta tenga que suspenderse; lo que importa es el castigo al ser rebelde, con independencia de la forma histórica que ello asuma, incluidos sus aciertos y equivocaciones. Pero una cosa es lo que se quiere y otra lo que se puede. Por eso hay negociación en La Habana.
Las pretendidas imputaciones suscitan una preocupación mayor, cuando se informa que ellas se sustentan, por una parte, en el nuevo modelo de investigación de la Fiscalía. Y por la otra, en aplicaciones de la “ciencia de los datos”, o de la “ciencia de las bases de datos”, presentada por la firma Springer von Schwarzenberg y por el propio Fiscal como una innovación revolucionaria en la investigación penal.
La reflexión sobre la pertinencia y los límites de la adaptación acrítica en nuestro país del modelo de investigación criminal elaborado por teóricos importantes del derecho penal alemán como Claus Roxin e implementado en la Fiscalía con la asesoría de Kai Ambos y el concurso de un pequeño grupo de doctorados nacionales bajo el influjo de esa escuela, queda para el debate académico y político, lamentablemente muy pobre en este aspecto hasta el momento.
Sin desconocer los aportes del modelo de Roxin, aún están pendientes tanto la apropiación de visiones críticas de tal enfoque provenientes del propio medio académico alemán [2], como el examen de oportunidad de implantación y adecuación de un modelo concebido para perseguir industrias criminales, incluidas las de alcance transnacional, especialmente en al ámbito de la criminalidad económica, a la investigación contra la rebelión armada en un contexto en el que se procura una solución política.
No es aceptable que en la búsqueda de la paz el camino sea el de forzar un modelo de investigación criminal, con el propósito principal de emplazar y castigar a los llamados máximos responsables de la guerrilla. La comprensión de justicia que demanda la sociedad colombiana trasciende la punición, especialmente por el reconocimiento que merecen los derechos de las víctimas del conflicto, cuando éstos se conciben integralmente. La comprensión de justicia en el contexto de un proceso de paz no se puede fundamentar en la pretensión de humillación del adversario.
Situados incluso en el ámbito del modelo de investigación impuesto por la Fiscalía resulta ética y políticamente cuestionable (aunque es comprensible desde la perspectiva de la dominación de clase), que la investigación criminal se concentre en la insurgencia armada y no se extienda en las mismas dimensiones a la identificación de las estructuras sistémicas y estatales de criminalidad contrainsurgente y a la determinación de esos “máximos responsables” [3]. Ese camino se emprenderá muy seguramente a medias, pues recorrerlo con toda consecuencia conduciría a la identificación de cadenas de mando que implicarían el juzgamiento de los grandes poderes políticos y económicos y, con ello, del propio orden capitalista vigente en el país, como causante de la mayor
criminalidad y victimización histórica [4].
Más problemático aún resulta el propósito de articular el modelo de investigación criminal con la ’data science’ en la que dice sustentarse el trabajo de la firma Springer von Schwarzenberg, mediante la elaboración de un conjunto de algoritmos. Al justificar los cuantiosos contratos con esa firma privada, el Fiscal señaló que la asesoría prestada por ella ha sido primordial, “se trata de un grupo de expertos que mediante herramientas de estadística, economía, matemática, ingeniería y georeferenciación de datos de última generación, nos ayuda a identificar elementos nucleares de los crímenes internacionales: la sistematicidad, la amplitud, la proporcionalidad de un ataque, la extensión y gravedad del daño causado, las líneas de mando dentro de la organización, los patrones de victimización. Todo ello resulta vital para las imputaciones que estamos construyendo contra los máximos responsables del conflicto armado colombiano” [5]. El resultado de ese trabajo consistiría en que la Fiscalía tiene elementos para mostrar que la violencia de las Farc “constituyeron (sic) políticas de ataque sistemático contra la población civil en todo el territorio”.
La gerente de la señalada firma consultora, Natalia Springer, se pregunta si “esa misma ciencia (la basada en la utilización de algoritmos) nos puede ayudar a entender la relación entre miles y miles de casos criminales, es decir, si puede ayudarnos a deducir patrones y a entender los móviles de ejecución de un crimen”. Su respuesta es afirmativa y concluyente: Como resultado del diseño y aplicación de los algoritmos, afirma, “hemos establecido con total certeza que lo que antes eran tomados como hechos individuales (secuestros, homicidios, masacres, desapariciones) fueron en realidad operaciones criminales muy sofisticadas, en las que se focalizó a las víctimas y que se ejecutaron como un ataque sistemático contra poblaciones indefensas como parte de una política ordenada desde el nivel central de estas organizaciones. Eso eleva la gravedad de los hechos a la calidad de crímenes internacionales, y ese reconocimiento obligará a juzgarlos como tales, pues el nivel de atrocidad que exponen los convierte en una ofensa para toda la humanidad y son sujeto de jurisdicción universal [6].
Así es que el algoritmo se convirtió en una especie de piedra filosofal que logra explicar lo que hasta ahora no había podido la investigación criminal en Colombia para la formulación de imputaciones sobre crímenes internacionales contra la Comandancia guerrillera. Las noticias que desde ahora se anuncian, si la Fiscalía no reflexiona acerca de la bomba que le está preparando al proceso de paz, muy seguramente consistirán en señalar los millares de crímenes (identificados gracias al algoritmo) imputables a los máximos responsables guerrilleros. A renglón seguido, dada la imposibilidad de abordar penalmente ese conjunto, recurriendo a las facultades otorgadas por el ordenamiento jurídico actual y como gesto de generosidad, lo que seguirá es la selección de casos, que serán los que se llevarán a juicio [7]. Vendrá la condena y luego la consideración de su suspensión o de las llamadas penas alternativas. Lo importante en esta trama es que el ciclo se cierra con el señalamiento y la condena de la Comandancia guerrillera como criminal de guerra. Y después de ello, se espera con cierto cinismo que esos mismos criminales lideren su proyecto político, al que seguramente se afirmará le concederán todas las garantías. Desde luego que con semejante despropósito no será posible pensar que se consolide el camino de la solución política. En suma, pareciera que hay sectores interesados en llevarnos al peor de los escenarios: la paz pendiendo de un algoritmo.
Sin duda es imposible desatender los aportes que ofrece la data science y en especial la investigación algorítmica como herramienta para el procesamiento electrónico de millones de datos a partir de la definición de “un grupo
finito de operaciones organizadas de manera lógica y ordenada que permite solucionar un determinado problema .
Se trata de una serie de instrucciones o reglas establecidas que, por medio de una sucesión de pasos, permiten arribar a un resultado o solución” [8]. Los algoritmos constituyen una herramienta que actualmente tiene múltiples aplicaciones. Son reconocidos sus usos, por ejemplo, en la investigación de mercados, en el negocio financiero, en el diagnóstico médico o en la prevención de la delincuencia. Se afirma que se trata de una innovación tecnológica que viene impactando de manera sensible en los diversos campos de la investigación científica y en la propia vida cotidiana.
Así como tienen virtudes, también tienen sus limitaciones. Éstas se han evidenciado en los resultados decepcionantes para la toma de decisiones médicas; a los algoritmos se le imputan responsabilidades en la reciente crisis financiera del capitalismo por inducir inversiones especulativas, ocasionado cuantiosas pérdidas [9].
Sus limitaciones resultan un buena medida de que –más allá de su complejidad- se trata de modelos o construcciones lógico-matemáticas, que representan una simplificación de la realidad, sujeta ésta a los entendimientos y enfoques teóricos de los investigadores, al concepto de diseño y a la programación. De ahí que se afirme que se haya abierto paso el debate acerca de la “responsabilidad algorítmica” [10].
Éstas reflexiones las traigo a colación para llamar la atención acerca de la importancia de abrir la discusión sobre la pertinencia teórica y metodológica de fundamentar imputaciones criminales en algoritmos elaborados por una firma privada; para demandar que se someta a debate público lo que es considerado un asunto de “seguridad nacional”, es decir, la investigación de la firma Springer von Schwarzenberg; para requerir la conformación de una “auditoría algorítmica”, a fin de determinar la capacidad que realmente tiene la herramienta anunciada para explicar la criminalidad guerrillera y sobre todo su encuadramiento dentro de los crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, considerando la tendencia histórica y las configuraciones del conflicto colombiano.
Un asunto tan caro como la paz de Colombia no se puede someter al ejercicio de la investigación en fase experimental, si en efecto se asume como novedoso el modelo del dúo Springer-Montealegre. Así como la Fiscalía nos ha enseñado sobre sus prácticas recurrentes de los “falsos positivos judiciales”, no sería descartable que estemos frente a la preparación del gran espectáculo del “falso positivo judicial algorítmico”, con inmensa capacidad de daño. Lo que requiere el proceso de paz más bien es continuar sin interferencias indebidas en la construcción del “Sistema integral de verdad, justicia, reparación integral y no reparación” a diseñarse en la Mesa por las Partes. Ese el verdadero aporte al reconocimiento y materialización de los derechos de las víctimas y a la terminación del conflicto.
Publicado en Revista Izquierda, No. 56, agosto de 2015, www.espaciocritico.com
[1] Todo parece indicar que es así, pues el Fiscal ha manifestado no ser adverso al proceso de La Habana y ha mostrado reiteradas coincidencias con los lineamientos gubernamentales en ese campo. No obstante, en entrevista reciente el Fiscal ha afirmado: “nuestro deber constitucional de llevar a juicio a los máximos responsables de la guerra no puede supeditarse a cómo reciban los implicados el sentido de nuestras decisiones” (Entrevista al Fiscal Montealegre, El Espectador, 14.08.2015).
[2] Ver por ejemplo, Amelung, Knut, “Zur Kritik des kriminalpolitischen Strafrechtssystems von Roxin”, en JuristenZeitung, 37. Jahrg., Nr. 18 (17. September 1982), pp. 617-622
[3] El Fiscal afirmó que "en materia de logística hemos programado que más de 800 personas, entre fiscales, asesores de policía judicial y asesores van a dedicarse exclusivamente en los próximos meses a las grandes investigaciones de violaciones por derechos humanos (de las FARC-EP)". El Tiempo, 19.05.2015. Una movilización similar de la Fiscalía para investigar responsables en el conflicto distintos a la insurgencia no se ha conocido hasta el momento, ni siquiera como propósito del próximo futuro.
[4] En ese sentido el juzgamiento a militares y paramilitares es apenas una muy pálida semblanza de los requerimientos de juzgamiento en presencia de una implantación con toda consecuencia del señalado modelo de investigación criminal.
[5] Entrevista con el fiscal Eduardo Montealegre, El Tiempo, 14.08.2015.
[6] Natalia Springer, “Atrapando asesinos con un algoritmo”, El Tiempo, 10.08.2015.
[7] Afirma, el Fiscal: “ Los juicios por crímenes internacionales contra los cabecillas de las Farc serán el escenario natural para descubrir los hallazgos de la Fiscalía, sustentados en parte en esos productos contractuales” (los de la firma Springer von Schwarzenberg). Entrevista al Fiscal, ob. Cit.
[8] Ver: http://definicion.de/algoritmo/#ixz...
[9] Ver, “ Ciencia de Datos: ¿Los algoritmos lo saben todo o deben ayudarles los humanos?”, en: http://tecnologia.elpais.com/tecnol... ; “ El algoritmo del diablo (versión 2013) - Alma, Corazón, Vida ”, en: http://goo.gl/QUm7Vs
[10] Ver, Wade Henderson, Derechos civiles, macrodatos y nuestro futuro algorítmico en https://bigdata.fairness.io/