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Los cambios al servicio militar


Tras décadas de arbitrariedades y abusos en cuánto al reclutamiento militar por parte del ejército nacional, (en muchos casos forzado) hacia los jóvenes de Colombia, esta semana fue sancionado el proyecto de la ley 189 de 2016 que, si bien mantiene el orden ideológico y la represión de obligar a ciudadanos y campesinos a vincularse a dicha institución, ya sea ingresando a sus filas o pagando el costo de la libreta para asegurar un futuro laboral medianamente estable; la reforma anteriormente mencionada podría cambiar varios aspectos metodológicos que se habían llevado a cabo hasta ahora para resolver la situación militar de los pertenecientes y de aquellos que no hacen parte del ejército.

Uno de los cambios más relevantes sería la disminución del costo de la libreta militar, puesto que el precio mínimo quedaría en 145 mil pesos, frente a los 485 mil que valía antes de la reforma, y el máximo costo ahora sí tendría un tope que estaría cerca de los 29 millones de pesos.

Otro aspecto que cambiaría sería la bonificación para los soldados, los cuales recibían 90 mil pesos mensuales y que ahora tendrán un pago de 221.315 pesos.

De ahora en adelante, los jóvenes reclutas no prestarán su servicio militar por más de 18 meses, lo cual significa la desaparición del régimen que obligaba a jóvenes campesinos a permanecer dos años dentro de las filas del ejército.

Los remisos que sean exentos, inhábiles o mayores de 24 años, así como los que dispongan de una causa justificable y quieran aclarar su situación podrán pagar únicamente los derechos de producción del documento equivalentes a 111 mil pesos.

Otro elemento importante que entraría en vigencia es la oportunidad que tendrán los reclutas para estudiar mientras prestan el servicio militar, ya que recibirán una formación integral por parte del SENA y alternamente a sus operaciones con el ejército, estarían completando unas 700 u 800 horas de formación académica, lo cual les garantizará el acceso al banco de empleo del SENA.

En cuanto al legítimo derecho a la objeción de conciencia, tan vulnerado e irrespetado hasta ahora, de ahora en adelante, se podrá presentar tal solicitud ante la Comisión Interdisciplinaria de Objeción de Conciencia, y se deberá manifestar por escrito o en forma verbal sus razones éticas, religiosas o filosóficas que resultan incompatibles con este deber impuesto por el Estado. La Comisión tendrá un plazo de 15 días hábiles para resolver cada caso.

En esta nueva reforma parece asomarse un pequeño respiro favorable hacia las clases populares, que históricamente han sido las que más jóvenes y dinero aportan al ejército, con los cuales llevan a cabo la defensa de políticas y leyes que solo han buscado beneficiar los intereses de las familias más adineradas del país y por tanto, perjudicar cada vez más a esa misma clase popular, que lógicamente representa la mayoría de la población, netamente campesina y trabajadora.

Foto:colectivobrecha.blogspot.com


Noticiero Barrio Adentro
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